Preguntas Frecuentes

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¿Qué sucede si en el procedimiento especial de liquidación se ha nombrado un administrador concursal?

En este caso, el administrador concursal será el único perfil que podrá publicar, despublicar y modificar la información de los activos del procedimiento judicial en el que ha sido designado por el órgano judicial y a su vez haya sido reflejado por el mismo órgano judicial en el Servicio Electrónico de Microempresas (SEM). 

Si usted es Administrador Concursal y ha sido nombrado en el procedimiento pero no ha sido reflejado en SEM, deberá ponerse en contacto el órgano judicial para que así lo haga y pueda acceder a los activos en PLABI. El resto de los perfiles (deudor, representante, Abogado, Procurador) solo podrán visualizar los anuncios publicados y despublicados de los bienes en liquidación, así como la información disponible en su área privada.

Puedes consultar más detalles sobre esta cuestión en la Guía para la parte liquidadora: Guías formativas - Servicio Público de Justicia  -administraciondejusticia.gob.es.

¿Cómo puedo buscar un activo publicado en PLABI?

Se podrá realizar la búsqueda de activos que estén publicados en PLABI, usando uno o varios de los filtros disponibles en la Plataforma.

Actualmente, se permite la búsqueda de anuncios por: Tipo de activo, ubicación del activo, ubicación del Juzgado, Juzgado encargado del procedimiento, rango de precios y búsqueda de palabras contenidas en el título del anuncio del activo. 

El botón "Buscar" realizará la búsqueda contra los activos almacenados en la Plataforma Electrónica de Liquidación de Bienes, y presentará los resultados en la sección inferior del portal.

Soy el responsable, representante legal/procesal o administrador concursal de una microempresa en liquidación ¿Cómo puedo acceder al área privada de PLABI?

Solo podrás acceder al área privada de PLABI si tu NIF o CIF está asociado a la parte deudora de un procedimiento especial de liquidación como microempresa deudora o su representante, así como sus representantes procesales (Abogado y/o Procurador) o, en su caso, administrador concursal nombrado en el procedimiento. La asociación se realiza en el Formulario 2: Solicitud de apertura por deudor (TRLC art. 691. 1 y 3) disponible en el Servicio Electrónico de Microempresas. En el área privada encontrará los bienes de todos los procedimientos a los que haya sido asociado.
 
Los medios de identificación y autenticación (admitidos en Cl@ve) disponibles en PLABI son:
-    DNI-electrónico.
-    Certificado Digital.

¿Quién puede acceder al área privada de PLABI?

Cualquier usuario podrá acceder al área privada de PLABI con los medios habilitados en Cl@ve:
-    DNI-electrónico.
-    Certificado Digital.

Pero únicamente se mostrará la sección de anuncios y del procedimiento judicial del área privada de PLABI a la parte deudora de un procedimiento especial de liquidación y sus representantes, y en su caso al Administrador Concursal nombrado por el órgano judicial, para la publicación y gestión de los anuncios de sus bienes en liquidación. 

En próximas versiones de PLABI se habilitarán funcionalidades para que el público general pueda guardar sus anuncios favoritos, crear alertas, participar en subastas y ventas directas de activos en liquidación, entre otras.

¿Cómo puedo buscar un activo publicado en la Plataforma Electrónica de Liquidación de Bienes?

Se podrá realizar la búsqueda de activos que estén publicados en PLABI, usando uno o varios de los filtros disponibles en la Plataforma.

Actualmente, se permite la búsqueda de anuncios por: Tipo de activo, ubicación del activo, ubicación del Juzgado, Juzgado encargado del procedimiento, rango de precios y búsqueda de palabras contenidas en el título del anuncio del activo. 

El botón "Buscar" realizará la búsqueda contra los activos almacenados en la Plataforma Electrónica de Liquidación de Bienes, y presentará los resultados en la sección inferior del portal.

¿Qué funcionalidades para microempresas en liquidación tiene PLABI?

Los perfiles asociados a la parte deudora de un procedimiento especial de liquidación podrán:

-    Crear anuncios de los bienes en liquidación, agrupados en lotes.
-    Guardar un borrador de anuncio de lote.
-    Modificar anuncios de lote.
-    Consultar la información de su procedimiento judicial.
-    Añadir activos a su procedimiento judicial.
-    Adjuntar los documentos de Plan de Liquidación a la Plataforma.

Puedes consultar todas las funcionalidades en detalle en la Guía para la parte liquidadora: Guías formativas - Servicio Público de Justicia (administraciondejusticia.gob.es).

¿Qué es la Plataforma Electrónica de Liquidación de Bienes(PLABI)?

La Plataforma es un portal público electrónico para la publicación de los activos de las microempresas en liquidación. Desde la Plataforma las microempresas pueden gestionar los bienes añadidos a través de la comunicación de los formularios del Servicio Electrónico de Microempresas (Formulario 2: Solicitud de apertura por deudor (TRLC art. 691. 1 y 3) o Formulario 4: Aceptación de solicitud y apertura por el deudor (TRLC art. 691 quinquies. 1. 1º)), así como los activos añadidos a través de la Plataforma, tras la apertura de un procedimiento especial de liquidación.

La publicidad será preceptiva en la Plataforma Electrónica Liquidación de Bienes siempre que así lo contemple el plan de liquidación. Será en supuestos excepcionales contemplados en el plan de liquidación cuando se haga de manera externa a PLABI.

¿Cuál es objetivo de la Plataforma Electrónica de Liquidación de Bienes?

La Plataforma Electrónica de Liquidación de Bienes (PLABI) es un portal público electrónico que tiene como objetivo facilitar la liquidación de los activos de las microempresas que atraviesan un procedimiento concursal. Para ello, PLABI está conectada con el Servicio electrónico de Microempresas (SEM), que traslada la información de la apertura del procedimiento especial de liquidación de microempresas. 

Desde la Plataforma las microempresas, como parte liquidadora, pueden gestionar los bienes añadidos a través de la comunicación de los formularios del Servicio Electrónico de Microempresas (Formulario 2: Solicitud de apertura por deudor (TRLC art. 691. 1 y 3) o Formulario 4: Aceptación de solicitud y apertura por el deudor (TRLC art. 691 quinquies. 1. 1º)), así como los activos añadidos a través de la propia Plataforma, tras la apertura de un procedimiento especial de liquidación.

La publicidad será preceptiva en la Plataforma Electrónica Liquidación de Bienes siempre que así lo contemple el plan de liquidación. Será en supuestos excepcionales contemplados en el plan de liquidación cuando se haga de manera externa a PLABI.
En versiones futuras la plataforma permitirá, además de dar publicidad a los activos, poder realizar las operaciones necesaria para liquidar el bien, permitiendo gestionar subastas y venta directa de los activos.

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