Preguntas Frecuentes
Debe tener en cuenta que, para la publicación y gestión de los anuncios de bienes en liquidación, solo tendrán dicha opción en PLABI la parte deudora o liquidadora de un procedimiento especial de liquidación, sus representantes o el administrador concursal designado en el procedimiento.
Por lo que solo podrá acceder a dicha opción del área privada de PLABI si usted es un usuario perteneciente a la parte deudora o liquidadora del procedimiento judicial especial de liquidación asociado. La información al respecto disponible en PLABI es la proveniente de los formularios de inicio del procedimiento de liquidación y debe estar disponible una vez se reciba el auto de apertura del procedimiento.
Si usted no interviene como ninguna de las figuras indicadas anteriormente en un procedimiento judicial especial de liquidación, en su área privada no aparecerán activos ni procedimientos.
Si por el contrario, en su caso, dispone de un procedimiento judicial y no consigue ver sus activos en la plataforma puede ponerse en contacto con el Service Manager (CAU justicia.es): https://cauexterno.justicia.es/webtier-9.62/ess.do indicando su número de NIF o CIF, el rol que ostenta (microempresa, abogado, etc.) y el número del procedimiento judicial especial de liquidación, así como el Juzgado al que pertenece para que se proceda a la revisión de la incidencia lo antes posible. En caso de ser la representación procesal/letrada o el administrador concursal necesitamos conocer el número de colegiado como el colegio al que pertenece.
Para más detalles del funcionamiento de PLABI le facilitamos el enlace a las guías, donde se explica el proceso de publicación de los activos, así como de las demás funcionalidades que dispone actualmente la Plataforma: https://www.administraciondejusticia.gob.es/guias-formativas-plabi.
El servicio está disponible las 24 horas del día, durante los 365 días del año a través de la URL: Plataforma Electrónica de Liquidación de Bienes.
Se podrá realizar la búsqueda de activos que estén publicados en PLABI, usando uno o varios de los filtros disponibles en la Plataforma.
Actualmente, se permite la búsqueda de anuncios por: Tipo de activo, ubicación del activo, ubicación del Juzgado, Juzgado encargado del procedimiento, rango de precios y búsqueda de palabras contenidas en el título del anuncio del activo.
El botón "Buscar" realizará la búsqueda contra los activos almacenados en la Plataforma Electrónica de Liquidación de Bienes, y presentará los resultados en la sección inferior del portal.
Se podrá realizar la búsqueda de activos que estén publicados en PLABI, usando uno o varios de los filtros disponibles en la Plataforma.
Actualmente, se permite la búsqueda de anuncios por: Tipo de activo, ubicación del activo, ubicación del Juzgado, Juzgado encargado del procedimiento, rango de precios y búsqueda de palabras contenidas en el título del anuncio del activo.
El botón "Buscar" realizará la búsqueda contra los activos almacenados en la Plataforma Electrónica de Liquidación de Bienes, y presentará los resultados en la sección inferior del portal.
Cualquier usuario podrá acceder al área privada de PLABI con los
medios habilitados en Cl@ve:
- DNI-electrónico.
-
Certificado Digital.
Pero únicamente se mostrará la sección de anuncios y del procedimiento judicial del área privada de PLABI a la parte deudora de un procedimiento especial de liquidación y sus representantes, y en su caso al Administrador Concursal nombrado por el órgano judicial, para la publicación y gestión de los anuncios de sus bienes en liquidación.
En próximas versiones de PLABI se habilitarán funcionalidades para que el público general pueda guardar sus anuncios favoritos, crear alertas, participar en subastas y ventas directas de activos en liquidación, entre otras.
Para incidencias relacionadas con la Plataforma Electrónica de Liquidación de Bienes, puede ponerse en contacto accediendo a Service Manager (justicia.es): https://cauexterno.justicia.es/webtier-9.62/ess.do
Para una gestión más ágil, si se trata de una incidencia con la visualización y gestión de sus activos y el procedimiento judicial debe facilitar el su número de NIF o CIF, el rol que ostenta (microempresa, abogado, etc.) y el número del procedimiento judicial especial de liquidación, así como el Juzgado al que pertenece, para que se proceda a la revisión de la incidencia lo antes posible. En caso de ser la representación procesal/letrada o el administrador concursal se necesitará conocer tanto el número de colegiado como el colegio al que pertenece.
Si se trata de una incidencia de su área privada o pública como usuario debe facilitar su NIF y nombre y apellidos.
Ante dudas sobre el funcionamiento de PLABI, puede consultar las guías formativas de uso de la plataforma: Guías formativas - Servicio Público de Justicia (administraciondejusticia.gob.es).
Asi mismo, para consultas o incidencias relacionadas con la Plataforma Electrónica de Liquidación de Bienes, puede ponerse en contacto accediendo a Service Manager (justicia.es).
https://cauexterno.justicia.es/webtier-9.62/ess.do
Para una gestión más ágil, si se trata de una consulta o incidencia con la visualización y gestión de sus activos y el procedimiento judicial debe facilitar el su número de NIF o CIF, el rol que ostenta (microempresa, abogado, etc.) y el número del procedimiento judicial especial de liquidación, así como el Juzgado al que pertenece para que se proceda a la revisión de la incidencia lo antes posible. En caso de ser la representación procesal/letrada o el administrador concursal necesitamos conocer el número de colegiado como el colegio al que pertenece.
Si se trata de una consulta o incidencia de su área privada o pública como usuario debe facilitar su NIF y nombre y apellidos.
La Plataforma Electrónica de Liquidación de Bienes (PLABI) es un portal público electrónico que tiene como objetivo facilitar la liquidación de los activos de las microempresas que atraviesan un procedimiento concursal. Para ello, PLABI está conectada con el Servicio electrónico de Microempresas (SEM), que traslada la información de la apertura del procedimiento especial de liquidación de microempresas.
Desde la Plataforma las microempresas, como parte liquidadora, pueden gestionar los bienes añadidos a través de la comunicación de los formularios del Servicio Electrónico de Microempresas (Formulario 2: Solicitud de apertura por deudor (TRLC art. 691. 1 y 3) o Formulario 4: Aceptación de solicitud y apertura por el deudor (TRLC art. 691 quinquies. 1. 1º)), así como los activos añadidos a través de la propia Plataforma, tras la apertura de un procedimiento especial de liquidación.
La publicidad será preceptiva en la Plataforma Electrónica
Liquidación de Bienes siempre que así lo contemple el plan de
liquidación. Será en supuestos excepcionales contemplados en el plan
de liquidación cuando se haga de manera externa a PLABI.
En
versiones futuras la plataforma permitirá, además de dar publicidad a
los activos, poder realizar las operaciones necesaria para liquidar el
bien, permitiendo gestionar subastas y venta directa de los activos.
Carpeta Justicia
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