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Soy un Abogado y quiero ser usuario LexNET, ¿qué debo hacer?

El alta como usuario en LexNET, para los profesionales Abogados, es automática para aquellos profesionales censados en algún Colegio de Abogados.

Diariamente se realiza una sincronización con los censos aportados por los Colegios de Abogados, para incorporar las nuevas altas a LexNET.

Recuerda que hay un plazo de 48 horas (en días hábiles) desde el momento en que se solicita el alta en el Consejo del Colegio de Abogados hasta que se puede acceder a LexNET.

Para dar de alta un usuario en LexNET es necesario seguir estos pasos:

  1. Disponer de un certificado electrónico reconocido por el Ministerio de Industria y aceptado por LexNET*
  2. Cumplir los requisitos técnicos de configuración del PC
  3. Estar censado en su Colegio

Además, para el caso de los profesionales que pertenezcan a colegios de una Comunidad Autónoma con competencias transferidas en materias de Justicia, deberán ponerse en contacto con el Centro de Atención al Usuario de dicha Comunidad para que replique el usuario en su Sistema de Gestión Procesal.

* Los requerimientos se encuentran recogidos en el Anexo IV del RD 1065/2015 “Requisitos de acceso y requerimientos técnicos del sistema LexNET”.

Si tienes alguna consulta recuerda escribirnos a través de este enlace.

He accedido al formulario de alta, y no sé cuál es mi rol. ¿Qué debo hacer?

Póngase en contacto con el administrador de su entidad para que le indique qué rol debe utilizar.

Voy a solicitar el alta, pero la entidad a la que pertenezco no está incluida en el formulario de alta ¿qué tengo que hacer?

Póngase en contacto con el responsable de su entidad para que solicite su alta en LexNET. Podrá revisar los pasos a seguir para realizar dicha solicitud en el apartado Alta de nuevo colectivo de este portal.

Soy administrador en LexNET y necesito dar de baja temporalmente a un usuario, ¿Cómo debo realizarlo?

Los Administradores podrán activar y desactivar la baja temporal de usuarios dentro de su ámbito de administración. Para revisar los pasos a seguir acceda a los manuales correspondientes.