Oferta Vinculante Confidencial

La Oferta Vinculante Confidencial es un medio adecuado de solución de controversias mediante el que cualquier persona, con el deseo de solucionar la controversia, hace una oferta a la otra parte. Esta oferta debe ser aceptada de manera expresa, y una vez aceptada, ambas partes están obligadas a cumplir lo acordado.
¿Qué sucede si la otra parte no acepta la oferta? Si la otra parte no acepta la oferta dentro del plazo establecido, generalmente de 30 días naturales, quien la presentó podrá llevar el caso a los tribunales y bastará con demostrar que la oferta fue enviada y recibida para acreditar que se intentó una solución extrajudicial
PUNTOS CLAVE
- La oferta y su aceptación son confidencias y deben enviarse de manera que quede constancia del remitente, destinatario, fecha de la remisión y de su contenido. Al igual que debe permitir que quede constancia de su recepción efectiva.
- Además, la intervención de un abogado es obligatoria cuando la cuantía del conflicto supera los 2.000 euros.
Ejemplo:
Ana le reclama a Luis 300€ por trabajos de diseño gráfico realizados, pero Luis argumenta que no está satisfecho con el resultado y se niega a pagar. En lugar de iniciar un procedimiento judicial, Ana decide enviarle a Luis una oferta vinculante confidencial, ofreciéndole un pago de 250€ en dos mensualidades, con la condición de que se resuelva el conflicto sin más reclamaciones. La oferta se hace de manera confidencial, lo que significa que no se podrá presentar en un futuro juicio, pero sí podrá ser mencionada si el caso llega a los tribunales. Ana solicita una respuesta de Luis en plazo máximo de 1 mes.