Preguntas Frecuentes
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En PLABI, podrá encontrar bienes en liquidación de todo tipo correspondientes a microempresas que deben subastar o vender sus activos para afrontar las deudas pendientes con sus acreedores ante el cierre de su negocio.
Los liquidadores de la microempresa podrán completar los campos obligatorios en lotes para la publicación automática de los bienes expuestos en la Plataforma, siendo los responsables últimos de la información disponible en PLABI.
Se entiende por liquidadores, el deudor, abogado y procurador comunicados en los formularios de inicio del procedimiento en el Servicio Electrónico de Microempresas (SEM). Además, también será el Administrador Concursal nombrado en el procedimiento.
Debe tener en cuenta que, para la publicación y gestión de los anuncios de bienes en liquidación, solo tendrán dicha opción en PLABI la parte deudora o liquidadora de un procedimiento especial de liquidación, sus representantes o el administrador concursal designado en el procedimiento.
Por lo que solo podrá acceder a dicha opción del área privada de PLABI si usted es un usuario perteneciente a la parte deudora o liquidadora del procedimiento judicial especial de liquidación asociado. La información al respecto disponible en PLABI es la proveniente de los formularios de inicio del procedimiento de liquidación y debe estar disponible una vez se reciba el auto de apertura del procedimiento.
Si usted no interviene como ninguna de las figuras indicadas anteriormente en un procedimiento judicial especial de liquidación, en su área privada no aparecerán activos ni procedimientos.
Si por el contrario, en su caso, dispone de un procedimiento judicial y no consigue ver sus activos en la plataforma puede ponerse en contacto con el Service Manager (CAU justicia.es): https://cauexterno.justicia.es/webtier-9.62/ess.do indicando su número de NIF o CIF, el rol que ostenta (microempresa, abogado, etc.) y el número del procedimiento judicial especial de liquidación, así como el Juzgado al que pertenece para que se proceda a la revisión de la incidencia lo antes posible. En caso de ser la representación procesal/letrada o el administrador concursal necesitamos conocer el número de colegiado como el colegio al que pertenece.
Para más detalles del funcionamiento de PLABI le facilitamos el enlace a las guías, donde se explica el proceso de publicación de los activos, así como de las demás funcionalidades que dispone actualmente la Plataforma: https://www.administraciondejusticia.gob.es/guias-formativas-plabi.
En este caso, el administrador concursal será el único perfil que podrá publicar, despublicar y modificar la información de los activos del procedimiento judicial en el que ha sido designado por el órgano judicial y a su vez haya sido reflejado por el mismo órgano judicial en el Servicio Electrónico de Microempresas (SEM).
Si usted es Administrador Concursal y ha sido nombrado en el procedimiento pero no ha sido reflejado en SEM, deberá ponerse en contacto el órgano judicial para que así lo haga y pueda acceder a los activos en PLABI. El resto de los perfiles (deudor, representante, Abogado, Procurador) solo podrán visualizar los anuncios publicados y despublicados de los bienes en liquidación, así como la información disponible en su área privada.
Puedes consultar más detalles sobre esta cuestión en la Guía para la parte liquidadora: Guías formativas - Servicio Público de Justicia -administraciondejusticia.gob.es.