Servicio de gestión de expedientes de Justicia Gratuita
Servicio Electrónico de Microempresas
Plataforma Formularios Libro III de la Ley Concursal
El Servicio electrónico de Microempresas está previsto en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal aprobado por el Real Decreto Legislativo aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades (Directiva sobre reestructuración e insolvencia).
De acuerdo con el Libro III de la Ley Concursal del Procedimiento especial para microempresas, se publica una plataforma digital para la cumplimentación de los formularios, tanto de iniciación como de trámite, establecidos por la ley. El objetivo final de la plataforma, es facilitar la presentación de los formularios y agilizar su tramitación por medio del soporte y validación de la información introducida.
Disposición adicional cuarta. Formularios normalizados del procedimiento especial de microempresas.
Antes de la entrada en vigor del libro tercero del texto refundido introducido por la presente ley, por orden del Ministerio de Justicia se aprobarán las condiciones de acceso y modo de funcionamiento del servicio electrónico donde se podrá acceder y cumplimentar los formularios normalizados en ellos previstos. Dichos formularios serán electrónicos, accesibles en línea y sin coste. También serán accesibles en línea las directrices prácticas sobre la manera de su cumplimentación. El acceso a estos formularios normalizados implicará la posibilidad de su lectura y descarga, si bien su cumplimentación y envío se deberá realizar electrónicamente.
A los efectos de esta ley, se entenderán como formularios normalizados los servicios electrónicos donde poder cumplimentar y enviar la información necesaria en cada fase del procedimiento.
Enlace a la Orden JUS/1333/2022, de 28 de diciembre, de condiciones de acceso y modo de funcionamiento del servicio electrónico.
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Plataforma de Liquidación de Bienes
Servicio de gestión de expedientes de Justicia Gratuita

Acceso a la Justicia para la defensa de derechos e interés legítimos.
Descrición
El derecho a la justicia gratuita esta reconocido en el art. 119 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1978, permitiendo a quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar acceder a la justicia para la defensa de sus derechos e interés legítimos.
Este servicio se presta desde los siguientes enlaces:
- Andalucía (se abre en ventana nueva)
- Aragón (se abre en ventana nueva)
- Principado de Asturias (se abre en ventana nueva)
- Islas Baleares (se abre en ventana nueva)
- Canarias (se abre en ventana nueva)
- Cantabria (se abre en ventana nueva)
- Castilla y León (se abre en ventana nueva)
- Castilla-La Mancha (se abre en ventana nueva)
- Cataluña (se abre en ventana nueva)
- Comunidad Valenciana (se abre en ventana nueva)
- Extremadura (se abre en ventana nueva)
-
Galicia
Acceder al servicio (se abre en ventana nueva)
Calculadora de justicia gratuita:
La calculadora de justicia gratuita permite al ciudadano realizar una simulación para comprobar si tiene derecho a un abogado de oficio. Acceso al servicio
Solicitud del reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita:
El ciudadano puede solicitar electrónicamente el derecho a la asistencia jurídica gratuita a través de la sede de la Xunta de Galicia. Acceso al servicio
Servicio web de asistencia jurídica gratuita:
Este servicio está dirigido a los profesionales designados en procedimientos de asistencia jurídica gratuita así como a las comisiones encargadas de la tramitación de los mismos. Acceso al servicio
- Comunidad de Madrid (se abre en ventana nueva)
- Región de Murcia (se abre en ventana nueva)
- Comunidad Foral de Navarra (se abre en ventana nueva)
- País Vasco (se abre en ventana nueva)
- La Rioja (se abre en ventana nueva)
- Ceuta (se abre en ventana nueva)
- Melilla (se abre en ventana nueva)
