Validación de firma
Servicio Electrónico de Microempresas
Plataforma Formularios Libro III de la Ley Concursal
El Servicio electrónico de Microempresas está previsto en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal aprobado por el Real Decreto Legislativo aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades (Directiva sobre reestructuración e insolvencia).
De acuerdo con el Libro III de la Ley Concursal del Procedimiento especial para microempresas, se publica una plataforma digital para la cumplimentación de los formularios, tanto de iniciación como de trámite, establecidos por la ley. El objetivo final de la plataforma, es facilitar la presentación de los formularios y agilizar su tramitación por medio del soporte y validación de la información introducida.
Disposición adicional cuarta. Formularios normalizados del procedimiento especial de microempresas.
Antes de la entrada en vigor del libro tercero del texto refundido introducido por la presente ley, por orden del Ministerio de Justicia se aprobarán las condiciones de acceso y modo de funcionamiento del servicio electrónico donde se podrá acceder y cumplimentar los formularios normalizados en ellos previstos. Dichos formularios serán electrónicos, accesibles en línea y sin coste. También serán accesibles en línea las directrices prácticas sobre la manera de su cumplimentación. El acceso a estos formularios normalizados implicará la posibilidad de su lectura y descarga, si bien su cumplimentación y envío se deberá realizar electrónicamente.
A los efectos de esta ley, se entenderán como formularios normalizados los servicios electrónicos donde poder cumplimentar y enviar la información necesaria en cada fase del procedimiento.
Enlace a la Orden JUS/1333/2022, de 28 de diciembre, de condiciones de acceso y modo de funcionamiento del servicio electrónico.
Acceder al Servicio Electrónico de Microempresas
Plataforma de Liquidación de Bienes
Validación de firma

Aplicación de validación de firma y certificados online ydemostradordeservicios de @firma.
Descrición
¿Qué servicios ofrece VALIDe?
Además de determinar la validez de firmas y certificados digitales, se dispone de otras utilidades de valor añadido, entre las que se encuentran la generación y validación de firmas electrónicas o la demostración de servicios web de @firma, muy útil para desarrolladores e integradores de la plataforma.
¿Qué certificados son reconocidos por la plataforma?
La plataforma @firma admite certificados digitales reconocidos conforme el estándar ITU-T X.509 v3, emitidos por múltiples prestadores de servicios de certificación. Todos los prestadores se encuentran inscritos en el registro de la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de Información del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio de autoridades conforme a lo establecido en el artículo 30 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. Puede ver los proveedores de certificación soportados por la plataforma @firma en la sección de la iniciativa en el Portal de Administración Electrónica.
¿Cuáles son los tipos de certificados admitidos por las Administraciones?
De acuerdo con la Ley 11/2007, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos (LAECSP) y la Ley 59/2003, de Firma Electrónica, los tipos de certificados admitidos son: certificado de persona física, certificado de persona jurídica, certificado de sello electrónico para la actuación automatizada, certificado de sede electrónica administrativa y certificado de empleado público. Cada uno de los certificados emitidos conllevará un grado de confianza asociado a los diferentes niveles de aseguramiento bajo los que se emitan, debido a los requisitos técnicos y de seguridad que estos niveles llevan asociados.
¿Cuáles son los formatos admitidos para firma electrónica?
Actualmente se consideran formatos admitidos: Formato XAdES (XML Advanced Electronic Signatures), según especificación ETSI TS 101 903. Formato CAdES (CMS Advanced Electronic Signatures), según especificación ETSI TS 101 733. Formato PAdES (PDF Advanced Electronic Signatures), según especificación ETSI TS 102 778-2 y ETSI TS 102 778-3. Dentro de estos estándares existen distintos formatos de firma. Los órganos y unidades administrativas de la Administración Pública Estatal generarán, al menos, la clase básica (BES) de estos formatos de firma electrónica, y la verificación de las especificaciones de la clase básica de dichos formatos. Para cierto tipo de aplicaciones se admitirán solo algunos de los formatos. Por ejemplo, para los formatos admitidos para factura electrónica, solo son admitidos los formatos indicados en su normativa. Para más información consultar la página WEB de factura electrónica http://www.facturae.es.
¿Qué debo hacer para usar los servicios de VALIDe?
VALIDe tiene un acceso libre para todos los usuarios. Podrá validar un certificado, una firma y una sede electrónica además de realizar una firma digital en formatos básicos. Si desea elegir el tipo de formato al realizar una firma necesitará descargar e instalar en su ordenador la aplicación standalone de firma. Encontrará un enlace de descarga en la misma página de Realizar firma.
¿Qué tipos de documentos se pueden firmar con VALIDe?
VALIDe puede firmar cualquier formato o archivo sin limitación alguna de tipos.
¿Pueden firmar un documento varias personas?
Los documentos pueden ser firmados por varias personas o firmantes. Se pueden dar dos casos: Cofirmar. La co-firma permite a varios usuarios firmar un mismo documento. Contrafirmar. La contra-firma permite a un usuario firmar las firmas de otros usuarios. Si desea cofirmar o contrafirmar un documento necesitará descargar e instalar en su ordenador la aplicación standalone de firma. Encontrará un enlace de descarga en la misma página de Realizar firma.
Este servicio se presta desde los siguientes enlaces:
- Andalucía (se abre en ventana nueva)
- Aragón (se abre en ventana nueva)
- Principado de Asturias (se abre en ventana nueva)
- Islas Baleares (se abre en ventana nueva)
- Canarias (se abre en ventana nueva)
- Cantabria (se abre en ventana nueva)
- Castilla y León (se abre en ventana nueva)
- Castilla-La Mancha (se abre en ventana nueva)
- Cataluña (se abre en ventana nueva)
- Comunidad Valenciana (se abre en ventana nueva)
- Extremadura (se abre en ventana nueva)
- Galicia (se abre en ventana nueva)
- Comunidad de Madrid (se abre en ventana nueva)
- Región de Murcia (se abre en ventana nueva)
- Comunidad Foral de Navarra (se abre en ventana nueva)
- País Vasco (se abre en ventana nueva)
- La Rioja (se abre en ventana nueva)
- Ceuta (se abre en ventana nueva)
- Melilla (se abre en ventana nueva)
