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Tablón Edictal Judicial Único

Icono TEJU

Descripción

El Tablón Edictal Judicial Único es el medio de publicación y consulta de resoluciones, comunicaciones y edictos que por disposición legal deban fijarse en un tablón de anuncios, conforme a lo previsto en el artículo 236.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. El objetivo del Tablón Edictal Judicial Único es la plena informatización y unificación de la publicación de resoluciones y comunicaciones judiciales, acabando con la dispersión en tablones de anuncios y distintos boletines oficiales, reforzando la simplicidad de este trámite y las garantías de las partes.

Requisitos de Acceso

Para el Portal de Gestión de Edictos del BOE El usuario remitente debe disponer de un certificado electrónico cualificado de persona física o de empleado público (no válidos certificados con seudónimo) y estar asignado a algún órgano judicial en la aplicación de Cuentas de Depósitos y Consignaciones Judiciales (CDCJ) del Ministerio de Justicia, dado que es esta aplicación la que informa al Portal de Gestión de Edictos de los permisos de acceso que tiene el usuario.

Acceder al servicio Servicio adicional

Usuarios

La publicación de edictos judiciales en el portal del BOE se realiza por:

  • Letrados de la Administración de Justicia.
  • Tramitadores procesales.
  • Gestores procesales

La consulta de edictos judiciales está dirigida a la ciudadanía y empresas, a través del Tablón Edictal Judicial Único del BOE.

Implantación

Implantada en todo el territorio nacional.

Información Complementaria

Complementariamente, la nueva disposición adicional decimotercera de la Ley 18/2011, de 5 de julio, dispone la gratuidad tanto de las publicaciones que, en cumplimiento de lo previsto en las leyes procesales, deban hacerse en el Tablón Edictal Judicial Único, como también de las consultas en el tablón y de las suscripciones que los ciudadanos puedan realizar en sus sistemas de alertas. En este sentido, no se trata simplemente de cumplir con el requisito formal de dar a conocer una determinada resolución o actividad jurisdiccional, sino de poner medios adicionales para facilitar que el destinatario del acto procesal publicado tenga noticia de su existencia, reforzando el carácter de garantía procesal que supone la comunicación edictal. El Tablón Edictal Judicial Único se pública electrónicamente por la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, aprovechando así la experiencia con la que ya cuenta este organismo para desarrollar un sistema de publicación edictal generalizado, fiable y accesible de forma gratuita para todos los ciudadanos.

¿Cómo se utiliza?

Publicación de edictos por parte de los órganos judiciales:

La publicación de edictos de forma manual a través del Portal de Gestión de Edictos Judiciales del BOE está implantada en todo el territorio nacional.

Se está trabajando en la automatización de la publicación y consulta por servicios web desde los sistemas de gestión procesal al BOE.

Consulta de edictos por los destinatarios:

La consulta de edictos por parte de ciudadanos y personas jurídicas se realiza a través del Portal del BOE: https://www.boe.es/edictos_judiciales

 Para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, actualmente, deberá dirigirse al órgano u oficina judicial.

Presentación/Enlaces de Interés