Publicador de contenidos

Plataforma de Liquidación de Bienes

Descripción

Acceso a la Plataforma Electrónica de Liquidación de Bienes.

Requisitos de Acceso

El acceso a la Plataforma Electrónica de Liquidación de Bienes es público y accesible para cualquier persona. ¡Aviso importante! 🚧 Se informa que, con la actual nueva versión de la plataforma, los liquidadores podrán enriquecer la información de los bienes enviada por el deudor o sus representantes a través del Servicio Electrónico de Microempresas. Si su anuncio ya no aparece o ha recibido el auto de apertura del procedimiento de liquidación encontrará información de interés en el siguiente enlace: https://www.administraciondejusticia.gob.es/guias-formativas-plabi

Acceder al servicio

Usuarios

  • Órganos judiciales
  • Abogados y procuradores
  • Administradores concursales
  • Deudores y acreedores 
  • Asistentes jurídicos
  • Público en general

Implantación

En todo el territorio nacional.

Información Complementaria

La Plataforma de Liquidación de Bienes es un portal público electrónico para la publicación de los activos de microempresas en liquidación, que incluye un catálogo integrado por los bienes que hayan sido añadidos a través de comunicación mediante el formulario dos de solicitud de apertura del deudor alojado en el Servicio Electrónico de Microempresas, tras la apertura de un procedimiento concursal especial de liquidación para microempresas.

Dicho Servicio Electrónico de Microempresas es una plataforma destinada a poder llevar a cabo el procedimiento especial para microempresas regulado en el Libro III del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal y ha sido introducido en esta norma por la Ley 16/2022 de 5 de septiembre. Este procedimiento es aplicable a los deudores, sean personas naturales o jurídicas, que llevan a cabo una actividad empresarial y se encuentran en probabilidad de insolvencia, en estado de insolvencia inminente o en insolvencia actual, siempre que reúnan las siguientes características:

  1. Haber empleado durante el año anterior a la solicitud a una media de menos de 10 trabajadores.
  2. Tener un volumen de negocio anual inferior a 700.000 € (setecientos mil euros) o un pasivo inferior a 350.000 € (trescientos cincuenta mil euros) según las últimas cuentas cerradas en el ejercicio anterior a la presentación de la solicitud.

Puede obtener más información y detalles sobre el servicio en el siguiente enlace:  Plataforma Electrónica de Liquidación de Bienes.