Preguntas Frecuentes

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¿Cuál es la diferencia entre una sustitución y una autorización de personal?

Las principales diferencias entre sustitución y personal autorizado o habilitado son las siguientes:


Sustitución

 

A través de una sustitución es posible presentar escritos y documentos, trasladar copias y recibir los actos de comunicación en sustitución de un profesional de la misma profesión o cuerpo, cuando así lo prevean sus normas estatutarias.

 

Autorización de personal

 

A través de una autorización de personal es posible presentar escritos y realizar actos de notificación, pero teniendo en cuenta estos aspectos:

  • El sistema LexNET permite vincular al buzón virtual de un profesional a otros usuarios como autorizados para que en su nombre puedan realizar los envíos de documentación o recepción de actos de comunicación desde ese buzón de forma indefinida hasta que el titular elimine la autorización.
  • Los usuarios autorizados deberán acceder, en todo caso, mediante su propio certificado electrónico. Tendrán acceso a todos los menús/acciones del profesional sustituido a excepción de los disponibles en la cabecera (configuración, avisos…), así como los desplegables para acceso a sus roles y la Libreta de direcciones.
  • Los escritos y documentos deberán haber sido firmados previamente por el titular del buzón con su certificado electrónico, aunque la remisión se ejecute por un usuario autorizado por aquel.
     

Accede a los manuales para saber cómo habilitar a personal autorizado o tramitar una sustitución.

¿Cómo puedo firmar de forma electrónica un documento?

Hay varias herramientas para firmar electrónicamente los documentos incluidos en los escritos a presentar por LexNET, como por ejemplo @firma, Xólido Sign, etc.

Puede revisar los pasos a seguir para instalar y firmar correctamente con dicha herramienta en el documento Buenas Prácticas de LexNET.

¿Cómo se gestionan las notificaciones que se envían al ciudadano por correo certificado?

Actualmente, los ciudadanos no obligados a comunicarse por medios electrónicos y aquellos no suscritos al servicio de recepción de comunicaciones electrónicas NO reciben sus notificaciones vía telemática, sino que lo hacen en papel vía postal.

Con anterioridad, la gestión de estas notificaciones se limitaba al sistema de gestión procesal Minerva. Ahora, Minerva genera las notificaciones, que son enviadas a través de LexNET/SEDJUDE hacia Notific@, con la información necesaria para poder gestionar el envío postal a través del correspondiente Código de Identificación Electrónico CIE.

¿Qué ventajas tienes al usar Chrome, Edge o Firefox en Lexnet?

Mejora de la seguridad, elimina problemas de descarga del applet, permite adjuntar archivos arrastrando y soltando (drag and drop), no requiere realizar ninguna instalación, se hace uso de Autofirma y reduce los tiempos de acceso y envío.

Recuerda que desde el 6 de Mayo de 2022 se ha habilitado el uso de LexNET a través de estos navegadores. Para más información haz clic aquí.


 

¿Cuáles son las novedades de LexNET 5.2?
  • Búsqueda de notificaciones pendientes de descarga
  • En el mail resumen diario, la información se amplía, al igual que en las notificaciones nuevas
  • Recibirás un mail informativo cuando crees un aviso y cuando el SGP rechace alguno de tues escritos.

Entre otros. Para más información descarga Novedades de LexNET 5.2.


 

Cuando una Persona Física o Jurídica descarga una notificación a través de la SEJUDE, ¿se emite algún tipo de recibí que llegue al órgano remitente?

Cuando un acto de comunicación es leído por primera vez por su destinatario, ya sea tanto desde Sede Judicial Electrónica como Carpeta ciudadana o Dirección Electrónica Única Habilitada, la Sede envía a través de LexNET el acuse de recibo de la lectura de dicho acto de comunicación, que posteriormente se traslada al órgano judicial remitente.

¿Cómo utilizo APPLexNET?

Todos los usuarios de esta plataforma y que estén dados de alta en LexNET, podrán visualizar sus notificaciones y avisos a cualquier dispositivo móvil con APPLexNET. 

Si tienes dudas sobre esta nueva app, dirígite a la guía de APPLexNET

¿Cuáles son los requerimientos técnicos para presentar escritos a través del sistema LexNET?

Los requerimientos se hallan especificados en el siguiente Real Decreto:

Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre, sobre comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia y por el que se regula el sistema LexNET.

Adicionalmente, en cuanto a la configuración mínima del equipo, se puede encontrar en el apartado de Guías de uso del portal Punto de Acceso General de la Administración de Justicia.