Por violencia de género se entiende toda la violencia que, como
manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las
relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre
éstas por parte de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por
relaciones de afectividad.
En el año 2004 se aprobó la Ley Orgánica 1/2004, de 28
de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia
de Género, cuya finalidad es prevenir, sancionar y erradicar
esta violencia y prestar asistencia a sus víctimas.
La violencia de género a que se refiere la Ley comprende todo acto de
violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad
sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad.
El Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género
Como instrumento para mejorar la coordinación de las instituciones y
abordar las diferentes iniciativas que se propongan para erradicar,
desde la Administración de Justicia, la violencia doméstica y de
género, en el año 2002 se creó el Observatorio contra la Violencia
Doméstica y de Género.
Sus objetivos son:
- Aumentar la eficacia de las actuaciones en el ámbito de la
Administración de Justicia, para la erradicación de estas violencias.
- Mejorar la coordinación entre las instituciones, participando en
la elaboración de protocolos de actuación.
- Realizar estudios y análisis de las resoluciones judiciales así
como propuestas de mejoras y reformas legislativas.
- Seguimiento estadístico del fenómeno en el ámbito judicial.
- Diseñar e impulsar un plan de formación especializada de los
miembros de la carrera judicial y fiscal y demás personal al
servicio de la Administración de Justicia.
En la actualidad está integrado por las siguientes instituciones: el
Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que ostenta la presidencia,
el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad, la Fiscalía General del Estado, las Comunidades
Autónomas con competencias en materia de justicia, a través de turnos
rotatorios anuales, y el Consejo General de la Abogacía Española.
Grupo de expertos del Consejo General del Poder Judicial
Se trata de un grupo de trabajo creado para colaborar y prestar
asesoramiento al Consejo General del Poder judicial en esta materia.
En la actualidad está integrado por seis magistrados y magistradas,
participando en sus trabajos una letrada del Consejo. A sus reuniones
asisten los vocales judiciales del Observatorio.
El Grupo de expertos se ocupa, entre otras actividades, de:
- Elaborar guías que contribuyan a las buenas prácticas judiciales.
- Estudiar la aplicación de la Ley Integral.
- Analizar las sentencias dictadas por los Tribunales del Jurado de
España y por las Audiencias Provinciales en casos de homicidios y
asesinatos consumados en el ámbito de la pareja o ex pareja.
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género y/o doméstica >