Preguntas Frecuentes
El servicio está habilitado para todo interviniente en el Procedimiento especial para microempresas (deudores, acreedores, representantes legales, asistentes jurídicos, administradores concursales y Órganos Judiciales).
El servicio está disponible las 24 horas del día, durante los 365 días del año.
Cualquier persona física o jurídica podrá realizar la presentación
telemática de formularios si dispone de un DNI electrónico o
certificado digital.
También es posible el acceso a través de
Cl@ve PIN y Cl@ve Permanente.
Para consultas o incidencias relacionadas con la Plataforma de Liquidación, puede ponerse en contacto accediendo a Service Manager (justicia.es)
Se entienden a aquellas empresas que hayan empleado durante el año anterior a la solicitud de inicio del procedimiento especial una media de menos diez trabajadores y tengan un volumen de negocio anual inferior a setecientos mil euros o un pasivo inferior a trescientos cincuenta mil euros según las últimas cuentas cerradas en el ejercicio anterior a la presentación de la solicitud.
Se puede usar cualquier navegador.
Si tiene problemas de uso relacionados con el Servicio Electrónico de Microempresas, puede ponerse en contacto accediendo a Service Manager (justicia.es).
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