Preguntas Frecuentes

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¿Cuál es la diferencia entre una sustitución y una autorización de personal?

Las principales diferencias entre sustitución y personal autorizado o habilitado son las siguientes:


Sustitución

 

A través de una sustitución es posible presentar escritos y documentos, trasladar copias y recibir los actos de comunicación en sustitución de un profesional de la misma profesión o cuerpo, cuando así lo prevean sus normas estatutarias.

 

Autorización de personal

 

A través de una autorización de personal es posible presentar escritos y realizar actos de notificación, pero teniendo en cuenta estos aspectos:

  • El sistema LexNET permite vincular al buzón virtual de un profesional a otros usuarios como autorizados para que en su nombre puedan realizar los envíos de documentación o recepción de actos de comunicación desde ese buzón de forma indefinida hasta que el titular elimine la autorización.
  • Los usuarios autorizados deberán acceder, en todo caso, mediante su propio certificado electrónico. Tendrán acceso a todos los menús/acciones del profesional sustituido a excepción de los disponibles en la cabecera (configuración, avisos…), así como los desplegables para acceso a sus roles y la Libreta de direcciones.
  • Los escritos y documentos deberán haber sido firmados previamente por el titular del buzón con su certificado electrónico, aunque la remisión se ejecute por un usuario autorizado por aquel.
     

Accede a los manuales para saber cómo habilitar a personal autorizado o tramitar una sustitución.

¿Cómo puedo firmar de forma electrónica un documento?

Hay varias herramientas para firmar electrónicamente los documentos incluidos en los escritos a presentar por LexNET, como por ejemplo @firma, Xólido Sign, etc.

Puede revisar los pasos a seguir para instalar y firmar correctamente con dicha herramienta en el documento Buenas Prácticas de LexNET.

¿Cómo se gestionan las notificaciones que se envían al ciudadano por correo certificado?

Actualmente, los ciudadanos no obligados a comunicarse por medios electrónicos y aquellos no suscritos al servicio de recepción de comunicaciones electrónicas NO reciben sus notificaciones vía telemática, sino que lo hacen en papel vía postal.

Con anterioridad, la gestión de estas notificaciones se limitaba al sistema de gestión procesal Minerva. Ahora, Minerva genera las notificaciones, que son enviadas a través de LexNET/SEDJUDE hacia Notific@, con la información necesaria para poder gestionar el envío postal a través del correspondiente Código de Identificación Electrónico CIE.

¿Qué ventajas tienes al usar Chrome, Edge o Firefox en Lexnet?

Mejora de la seguridad, elimina problemas de descarga del applet, permite adjuntar archivos arrastrando y soltando (drag and drop), no requiere realizar ninguna instalación, se hace uso de Autofirma y reduce los tiempos de acceso y envío.

Recuerda que desde el 6 de Mayo de 2022 se ha habilitado el uso de LexNET a través de estos navegadores. Para más información haz clic aquí.