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¿Qué debo hacer ante dudas o consultas relacionadas con PLABI?

Ante dudas sobre el funcionamiento de PLABI, puede consultar las guías formativas de uso de la plataforma: Guías formativas - Servicio Público de Justicia (administraciondejusticia.gob.es).

Asi mismo, para consultas o incidencias relacionadas con la Plataforma Electrónica de Liquidación de Bienes, puede ponerse en contacto accediendo a Service Manager (justicia.es).

https://cauexterno.justicia.es/webtier-9.62/ess.do

Para una gestión más ágil, si se trata de una consulta o incidencia con la visualización y gestión de sus activos y el procedimiento judicial debe facilitar el su número de NIF o CIF, el rol que ostenta (microempresa, abogado, etc.) y el número del procedimiento judicial especial de liquidación, así como el Juzgado al que pertenece para que se proceda a la revisión de la incidencia lo antes posible. En caso de ser la representación procesal/letrada o el administrador concursal necesitamos conocer el número de colegiado como el colegio al que pertenece.

Si se trata de una consulta o incidencia de su área privada o pública como usuario debe facilitar su NIF y nombre y apellidos.

¿Cuál es objetivo de la Plataforma Electrónica de Liquidación de Bienes?

La Plataforma Electrónica de Liquidación de Bienes (PLABI) es un portal público electrónico que tiene como objetivo facilitar la liquidación de los activos de las microempresas que atraviesan un procedimiento concursal. Para ello, PLABI está conectada con el Servicio electrónico de Microempresas (SEM), que traslada la información de la apertura del procedimiento especial de liquidación de microempresas. 

Desde la Plataforma las microempresas, como parte liquidadora, pueden gestionar los bienes añadidos a través de la comunicación de los formularios del Servicio Electrónico de Microempresas (Formulario 2: Solicitud de apertura por deudor (TRLC art. 691. 1 y 3) o Formulario 4: Aceptación de solicitud y apertura por el deudor (TRLC art. 691 quinquies. 1. 1º)), así como los activos añadidos a través de la propia Plataforma, tras la apertura de un procedimiento especial de liquidación.

La publicidad será preceptiva en la Plataforma Electrónica Liquidación de Bienes siempre que así lo contemple el plan de liquidación. Será en supuestos excepcionales contemplados en el plan de liquidación cuando se haga de manera externa a PLABI.
En versiones futuras la plataforma permitirá, además de dar publicidad a los activos, poder realizar las operaciones necesaria para liquidar el bien, permitiendo gestionar subastas y venta directa de los activos.

¿Qué tipo de bienes pueden encontrarse en PLABI?

En PLABI, podrá encontrar bienes en liquidación de todo tipo correspondientes a microempresas que deben subastar o vender sus activos para afrontar las deudas pendientes con sus acreedores ante el cierre de su negocio.

¿Quién publica los bienes en PLABI?

Las microempresas en liquidación publican los bienes expuestos en la Plataforma, siendo responsables últimos de la información disponible en PLABI.

A efectos de gestionar la publicidad y los anuncios en PLABI, se informa que solo podrán hacerlo, en nombre de las microempresas en liquidación, las personas identificadas en los formularios del Servicio Electrónico de Microempresas (SEM) como Deudor, Abogado, Procurador o, en su caso, el Administrador Concursal designado por el órgano judicial para el procedimiento y debidamente reflejado en SEM.

¿Qué información aparece en los activos?

Los datos disponibles dependerán de la información facilitada por la microempresa. Los campos básicos son el precio, la descripción del bien, las posibles cargas, fotografías, así como otro tipo de detalles sobre la ubicación o tipología del bien y las condiciones de liquidación o venta. Puede consultar más detalles aquí: Guías Formativas PLABI 

¿Cómo puedo liquidar mis bienes en PLABI?

Actualmente PLABI permite publicitar los activos de los procedimientos especiales de microempresas para su liquidación. En un futuro, se permitirá subastar y vender directamente en la Plataforma. 

Mientras tanto, se permite la publicidad de operaciones externas para maximizar la liquidación de los activos.

¿Quién podrá publicar los bienes en la Plataforma de Liquidación de Bienes?

Los liquidadores de la microempresa podrán completar los campos obligatorios en lotes para la publicación automática de los bienes expuestos en la Plataforma, siendo los responsables últimos de la información disponible en PLABI.

Se entiende por liquidadores, el deudor, abogado y procurador comunicados en los formularios de inicio del procedimiento en el Servicio Electrónico de Microempresas (SEM). Además, también será el Administrador Concursal nombrado en el procedimiento.

¿Por qué no puedo visualizar mi procedimiento en la Plataforma Electrónica de Liquidación de Bienes?

Si ha iniciado alguno de los Formularios de inicio del procedimiento en el Servicio Electrónico de Microempresas (SEM) o le han asignado recientemente un número al procedimiento judicial, no se preocupe si aún no lo ve reflejado en PLABI ya que para su visualización en esta Plataforma el órgano judicial encargado debe actuar sobre el procedimiento, lo que puede implicar un tiempo de espera.

En caso de que tras un plazo considerable continúe sin ver su procedimiento, para revisar su caso puede ponerse en contacto accediendo a Service Manager (justicia.es)https://cauexterno.justicia.es/webtier-9.62/ess.do indicando:

  • Nombre, apellidos y NIF.
  • En caso de ser asistencia letrada o procesal del procedimiento, número de colegiado y colegio al que pertenece.

Con el fin de identificar el procedimiento asociado se deberá indicar el número del mismo y el órgano judicial encargado, informando así del LC identificativo del formulario de inicio del procedimiento del SEM.

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